Todas nuestras tarifas son acordadas por la industria y cumplen las normativas de bases mínimas establecidas por la administración.
Los pagos se realizan por transferencia Bancaria el sexto día hábil del mes siguiente a la grabación efectuada (los festivos y fines de semana no cuentan), por lo que una vez realizado el primer trabajo con nosotros nos deberás proporcionar tu IBAN y el número de cuenta bancaria para poder realizarte el pago.
A los actores se les paga cada proyecto en función de sus condiciones de negociación, pero nunca por debajo del convenio de Actores.
Para los figurantes existen unas tarifas más o menos establecidas según la categoría y el tipo de producción y aunque de momento no hay una asociación de figurantes fuerte y bien organizada que negocie estos precios con las asociaciones de productoras audiovisuales, se están dando pasos para conseguirlo.
En abril del 2016 se firmo el primer convenio colectivo estatal entre la Asociación de Productores Audiovisuales (FAPAE) y las organizaciones sindicales FES-UGT, FSC-CC.OO, confederación de trabajadores del espectáculo (CONARTE) y la Unión de Actores y Actrices.
Publicado en el BOE el 18 de mayo del 2016, recoge las condiciones laborales por las que se regirán los honorarios según las jornadas de trabajo.
El 21 de febrero del 2019 se reunen de nuevo y se establece una nueva revisión de las tablas salariales para el año 2019, que estan pendientes de su publicación en el BOE
Actualmente al no haber ningúna actualización del convenio de figuración la tarifa mínima se rige por el SMI (Salario minimo Interprofesional) establecido por el gobierno en 2023
El real decreto también fija el Salario Mínimo para las personas trabajadoras pertenecientes a este colectivo, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, para los que en ningún caso la cuantía del salario podrá ser inferior a 51,15 euros por jornada.