Figurantes Madrid, Figurantes Barcelona

Son los trabajadores de Artes Escénicas que recrean con su presencia un ambiente o una escena, sin ningún peso específico o incidencia en la acción, que contribuyen a la autenticidad global y a la atmosfera de dicha escena, careciendo de texto alguno.
Su presencia en escena es elemento clave para dar credibilidad al cine y series.


Son esas personas que recrean el ambiente de una escena, bien ejecutando acciones secundarias, para dar realismo a la misma o haciendo cruces (paseando por la calle o el plató a veces entre la cámara y los actores), para crear una sensación de casualidad.

Generalmente no posee calificaciones artísticas, por lo que no suele realizar ningún papel que implique cantar, hablar o bailar.


En España se distinguen varias categorías:

Figuración NORMAL
Figurantes de fondo con acting en plano secundario, no se les suele distinguir la cara.

Figuración ESPECIAL
Es aquel figurante que aunque no tenga texto, tiene planos principales, acting especial o interacción con los actores, recibe una remuneración algo mayor que el normal que varía según el tipo de acting o planos que tenga (pelea, desnudos, bailes, o cualquier situación que requiera unas características o habilidades específicas, también por su condición de raza, por ser menor de edad y características físicas especiales).


SALARIOS

Las presentes cantidades salariales son consideradas mínimos imperativos para todo el ámbito de aplicación del presente convenio, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores.
En caso en que el salario mínimo interprofesional para los trabajos eventuales sufriera un incremento mayor en el año que el incremento establecido en la tabla salarial, las partes se reunirán a los efectos de aplicar una revisión a las tablas salariales aquí estipuladas.


Actualizar, para los años 2023 y 2024, los salarios del Anexo I del «Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los figurantes que prestan servicios en las mismas» (código de convenio n.º 99100185012016, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de mayo de 2016), resultandos aplicables las siguientes cantidades:


CONCEPTO
2023
2024
Salario Bruto día (figuración normal)
57,00
59,00
Complemento jornada especial
9,34
9,67
Hora extraordinaria
13,84
14,33
Manutención
13,84
14,33

Los importes de la tabla anterior, respecto del año 2023, entrarán en vigor en la fecha de publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», si bien no serán de aplicación a las producciones que, a dicha fecha, se encuentren ya en fase de rodaje. Las cuantías correspondientes al año 2024 será aplicables desde el primer día de dicho año.